Estándares aceptados para disponer la citación por la prensa

Los jueces como garantes del debido proceso y en cumplimiento con disposiciones legales, en sus actuaciones antes de disponer la citación por la prensa, deberán verificar el cumplimiento de los siguientes elementos fundamentales que configuran los estándares aceptados en cualquier proceso judicial:

  1. Que la declaración juramentada no es suficiente señalar que se desconoce la individualidad y/o el domicilio o residencia de la parte demanda, sino que es imposible determinarlo;
  2. Que la declaración juramentada no requiere solemnidad alguna para entenderla como válida, basta que el actor lo señale en la demanda para que genere su responsabilidad;
  3. Que la parte actora debe haber realizado todas las gestiones razonables de acuerdo con las particularidades del caso, además de aquellas exigidas expresamente por la ley, para determinar: 3.1.) la individualidad y 3.2.) el domicilio o residencia de la parte demandada y demostrarlo dentro del proceso; y,
  4. Que la citación por la prensa sea un mecanismo eficaz para garantizar el derecho a defensa de la parte demandada considerando la condición personal.

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Por: Abg. Tatiana Quezada